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Apuntes y Consejos Laborales
  20.09.2018   Darse de baja Cambiar e-mail Privacidad
Jubilación activa y societarios

Una reciente sentencia permite a los autónomos societarios compatibilizar su actividad con el cobro de la pensión a razón del 100%.

Si un autónomo se jubila una vez alcanzada la edad legal de jubilación, ha cotizado el número de años necesarios para cobrar el 100% de la base reguladora y contrata a un empleado por cuenta ajena, puede compatibilizar su actividad por cuenta propia con el cobro de la pensión a razón del 100%. ¡Atención! Si bien el INSS considera que esta medida no se aplica a los autónomos societarios, una reciente sentencia sí ha permitido a un societario beneficiarse de ella [JS nº 3 de Oviedo 17-07-2018]:

  • Según la sentencia, la norma que regula esta medida tiene la finalidad de facilitar la continuidad de los negocios de autónomos que a su vez den empleo por cuenta ajena.
  • Además, dicha norma no excluye a los autónomos societarios de esta medida.

Apunte. Pulse aquí para acceder a la sentencia.

Según una reciente sentencia, los autónomos societarios pueden beneficiarse de la jubilación activa al 100%.

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